SEGUINOS EN NUESTRAS REDES

Noticias

El Gobierno elevó el valor máximo para importar vehículos eléctricos e híbridos sin arancel

El Poder Ejecutivo modificó el régimen de importación de vehículos con motorizaciones alternativas y elevó los valores FOB máximos que permiten acceder al arancel de importación extrazona del 0%. Para los eléctricos puros el límite pasó a USD 35.000 y para los híbridos convencionales y enchufables quedó establecido en USD 18.000. Los mild hybrid mantienen el tope de USD 16.000.

El Gobierno nacional modificó las condiciones económicas del régimen que permite importar determinados vehículos eléctricos e híbridos con una alícuota del 0% en el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.).

El cambio fue establecido mediante el Decreto 1128/2026, firmado el 29 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial el 30 de septiembre. La norma reemplaza el límite de valor FOB que regía para los vehículos alcanzados por el régimen.

A partir de la modificación, el valor máximo por unidad dependerá del tipo de motorización. Para los vehículos eléctricos puros, el nuevo límite quedó fijado en USD 35.000 FOB. En el caso de los híbridos convencionales y los híbridos enchufables, el máximo será de USD 18.000 FOB. Para los vehículos mild hybrid, el límite permanece en USD 16.000 FOB.

Qué significa el cambio

El valor FOB corresponde al precio de la mercadería en el punto de embarque, antes de incorporar determinados costos asociados al traslado internacional y otros conceptos posteriores.

La modificación no elimina el régimen ni significa que cualquier vehículo eléctrico o híbrido pueda ingresar automáticamente sin arancel. El beneficio continúa sujeto a las posiciones arancelarias, referencias y demás condiciones previstas en el régimen, además de los límites de unidades establecidos.

El Decreto 1128/2026 establece expresamente que las mercaderías alcanzadas tendrán una alícuota del 0% de Derecho de Importación Extrazona siempre que se encuentren comprendidas en las posiciones arancelarias correspondientes y respeten los valores FOB máximos establecidos.

El nuevo esquema de valores

La modificación introduce una diferenciación más amplia según la tecnología de propulsión.

Los eléctricos puros pasan de un esquema cuyo límite general se encontraba en USD 16.000 a uno de hasta USD 35.000 FOB por unidad.

Para los híbridos convencionales y enchufables, el nuevo máximo queda en USD 18.000 FOB.

En cambio, para los mild hybrid, definidos dentro del régimen como vehículos de combustión con asistencia de un motor eléctrico, se mantiene el límite de USD 16.000.

La actualización busca adaptar el límite de valor a la evolución de las tecnologías y a la oferta disponible en el mercado internacional.

El cupo anual continúa vigente

El cambio en el valor máximo de los vehículos no modifica por sí mismo el límite anual de unidades previsto por el régimen.

La normativa mantiene un máximo de 50.000 vehículos por año que pueden ser importados bajo este esquema. Las unidades no utilizadas durante un período pueden, bajo las condiciones previstas, quedar disponibles para su asignación en el año siguiente.

Por lo tanto, el aumento del valor FOB y el cupo de unidades son dos elementos diferentes del régimen: uno determina qué vehículos pueden acceder al beneficio según su valor y características; el otro establece cuántas unidades pueden ingresar bajo el esquema durante cada período.

Qué ocurrirá con el cupo de 2027

El Gobierno informó que la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía publicará próximamente la resolución correspondiente a la convocatoria del cupo 2027.

Esto significa que el decreto ya modificó los parámetros de valor FOB del régimen, pero la distribución concreta de las unidades correspondientes a la convocatoria 2027 será objeto de una normativa posterior.

Por lo tanto, no corresponde considerar adjudicado todavía el cupo 2027 ni atribuir determinadas cantidades a empresas o modelos hasta que se publique la resolución correspondiente.

La evolución del mercado

Según los datos difundidos por el Gobierno, durante 2025 los patentamientos de vehículos híbridos y eléctricos aumentaron un 90% respecto de 2024, al pasar de aproximadamente 13.500 a 25.600 unidades.

Durante los primeros siete meses de 2026, los patentamientos acumulados alcanzaron 48.320 unidades, con un incremento informado del 322% interanual. La participación de estas tecnologías dentro del mercado pasó del 4,4% en los primeros siete meses de 2025 al 21,1% en igual período de 2026.

El Gobierno también informó que las convocatorias correspondientes a 2025 y 2026 contemplaron en conjunto 100.000 unidades, de las cuales 68.792 ya habían ingresado al país al momento de la comunicación oficial.

Una modificación que regirá para el régimen

El Decreto 1128/2026 establece que la modificación comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Como la publicación corresponde al 30 de septiembre de 2026, la nueva regla entra en vigencia el 1° de octubre de 2026.

La modificación, en consecuencia, eleva desde octubre los valores FOB máximos aplicables al régimen: USD 35.000 para eléctricos puros, USD 18.000 para híbridos convencionales y enchufables y USD 16.000 para mild hybrid.

La próxima etapa será la convocatoria correspondiente al cupo 2027, cuya resolución de asignación deberá establecer las condiciones operativas y la distribución de las unidades dentro del marco actualizado por el nuevo decreto.